En
una aproximación a lo que se concibe como Sentido y Derecho, ambos términos
comparten la idea de lo recto, directo, dirección,
entre otras. El Sentido (logos) desde
el enfoque Frankliano, puede entenderse como significado, propósito, orientado a
la vivencia de valores para descubrir y abrazar el Sentido de la Vida. Definir el
Derecho, no es tarea fácil ni para los
más avezados juristas, como refiere Hart y en un ejercicio prerreflexivo, cita
palabras de San Agustín, respecto a la noción de qué es el tiempo, señalando
que, si nadie me pregunta qué es el tiempo lo sé, si deseo explicar a alguien
que me lo pregunte, no sabría explicarlo,
haciendo analogía con el concepto de Derecho.
Ahora
bien, bajo la perspectiva fenomenológica
existencial, Luypen considera que el
Derecho es el mínimo ético necesario para una vida social organizada, así como
la justicia, es el mínimo de amor.
De otro lado, pudiera afirmarse, que lo jurídico es solamente un aspecto de lo
social, que va a tener mayor o menor importancia, dependiendo de los casos,
pero del que no podemos prescindir si queremos entender algo del mundo que nos
rodea.
La
Filosofía Jurídica, nos ofrece un interesante aporte para adentrarnos a la
comprensión del Derecho como fenómeno jurídico, social y valorativo, visto en
su tridimensionalidad o en sus tres dimensiones: formal, social y axiológica (normas-hechos- valores). Los valores asociados al Derecho, como la
justicia, la paz social, el orden en la convivencia, la seguridad jurídica,
el bien común, requieren de
la estructura institucional del Estado, para garantizarlos; sin dejar de lado, la
relevancia que implica la
percepción individual y social para la
validez y legitimidad jurídica.
No
obstante, la realidad social demuestra
que la existencia de multiplicidad de normas -reguladoras de la conducta humana-
e instituciones, no siempre van a satisfacer los más elementales derechos o pretensiones, ni
a garantizar el acceso a la justicia y a
un justo proceso; provocando impotencia,
desánimo, indignación, inseguridad; en
fin, una sensación de frustración o “vacío”
en los justiciables, que genera la falta
de credibilidad en el ordenamiento jurídico y en los operadores del sistema de justicia. Cabría preguntarse ¿Tiene
Sentido el Derecho? ¿Cuál es su Sentido?
Nuestras
sociedades, se sumergen cada día más, en lo que el neuropsiquiatra Viktor
Frankl definió como neurosis colectiva, al referirse a uno de los síntomas sociales,
producto de la falta de responsabilidad, el temor a la libertad y pérdida de
las tradiciones, que desvían al hombre
de su misión de vida, lo cual hace que se sienta inmerso en un vacío o frustración
existencial y ante la falta de dirección
(sentido) al no saber qué quiere y hacia dónde dirigirse, se convierte en presa
fácil del fanatismo -brazo comunicante
del pensamiento colectivista- que lo conduce a hacer lo mismo que los demás
(conformismo) o lo que otros quieren (totalitarismo) así como también, a asumir
una actitud provisionalista, al vivir con inseguridad ante el mañana; o
fatalista, al pensar que lo que haga la persona o el grupo es inútil, porque
los acontecimientos ya están determinados.
El
malestar o neurosis colectiva, puede devenir de igual modo, en un comportamiento
social, de apatía, anarquía o anomia (carencia o degradación de normas) que dista del Estado Democrático
y Social de Derecho y de Justicia. Ihering, filósofo jurídico (S.XIX), afirmaba que al pueblo que le falta la fuerza
moral, la energía, la perseverancia, jamás el Derecho prosperará en él.
En este orden de ideas, el notable jurista y sociólogo, expresidente venezolano
Rafael Caldera, bien señalaba que el Derecho de un pueblo, es el reflejo de su
conciencia moral, y la ética, el manantial de la vida jurídica, influyendo aquel en la moralidad
social.
Hoy
nos lleva a la reflexión, si esa vaciedad o falta de voluntad de sentido, que
restringe la fuerza motivante que brota de nuestra dimensión espiritual, impidiendo
el despliegue a plenitud de los recursos internos o noéticos, obedece a que nuestros
vínculos humanos sean
más frágiles y efímeros
en una época de incertidumbre o de tiempos
líquidos,
en la cual, en vez de hablarse de relaciones se prefiere hablar de “conexiones”
y que a pesar de la “interconexión” a nivel global mediante el uso de
tecnología, paradójicamente nos aísla o “des-conecta”. Un “mundo líquido” en el
que el individualismo, la indiferencia hacia lo que le sucede al otro, nos lleva a un sinsentido, al no
vivir desde los valores, definidos por Frankl como “Sentidos universales que se
cristalizan en situaciones típicas que una sociedad o, aún, la humanidad debe
enfrentar”
y que puede vincularse con lo que él
aludía como la época en la que se vive “a
toda prisa” y en la cual se han perdido las tradiciones, que son las que nos dan identidad, coherencia
y arraigo como grupo social.
La
invitación es a reencontrar
el Sentido y valor del Derecho como fenómeno jurídico y social. A comprender que como sujetos de derechos y
obligaciones, tenemos la libertad de elegir y valorar nuestras acciones u
omisiones, siendo responsables y corresponsables de éstas, en lo personal y
ante la sociedad; centrándonos en lo que queremos y hacia dónde dirigirnos, mediante
la vivencia de valores jurídicos, que a su vez conforman los valores
democráticos, en los que se fundamenta el Estado de Derecho.
Aquí,
de nuevo cobra vigencia el pensamiento frankliano, en cuanto a la libertad de elección que posee
el hombre, de hacerse cargo de sus decisiones con responsabilidad, a través de
la vivencia de valores para encontrar sentido a su existencia; siendo que, mientras
más responsable es, estará más inmunizado contra el vacío existencial y su consciencia
estará despierta, valga decir, capacitada para la resistencia de su espíritu a plegarse al conformismo, o a doblegarse
ante regímenes totalitarios,
cuya dominación se orienta a la abolición de la libertad e
incluso, a la eliminación de la espontaneidad humana en general.
De modo que, cuando la libertad es
temida y la responsabilidad evitada, se manifiesta una actitud de dependencia, que
hace que el individuo abandone su libertad y decline su responsabilidad en otro
u otros.
Es
por ello, que en el orden jurídico y social, tiene significancia el Sentido del Derecho y su
estructura ontológica, como consideración y respeto universal al otro. Si
vivimos desde el Ser, plenificamos nuestra consciencia -órgano del
sentido- activando valores espirituales o religiosos y valores éticos como la justicia,
humildad, honestidad, confianza, compromiso, empatía, solidaridad y de resiliencia
para afrontar las adversidades con dignidad y coraje, aprender de ellas y salir
fortalecidos; aunado a que -como refiere Frankl- el hombre en su búsqueda de
sentido, necesita de cierto grado de tensión espiritual noodinamia,
que representa, por un lado, el sentido a consumar y por el otro, el deber
de cumplirlo, por medio de la tríada de valores (creativos, experienciales y de
actitud) toda vez que “El
hombre puede cambiarse a sí mismo, de lo contrario no sería hombre”.
Asimismo,
debemos vivir más desde el Ser que
del tener. El querer tener puede esconder el deseo desmedido de
poder, en diversos ámbitos, el poder
político, económico, social. Hoy, el querer poseer riqueza de manera
desmesurada y fácil, ha traído elevados
índices de criminalidad y corroído organizaciones tanto públicas como privadas.
En la esfera pública, el flagelo de la
corrupción, tristemente ha alcanzado a personas en instituciones de diferentes
latitudes, motivo de pugna entre los actores sociales y factor de destrucción
institucional y económica de un país.
Ese
accionar libremente desde el Ser -la
voluntad de sentido- también redunda, en un bien hacer y más aún, un bien
obrar, como estilo y filosofía de vida, que se traduce en una sociedad en
la que se protegen y garantizan los derechos y especialmente los derechos humanos,
mediante el ordenamiento jurídico, sustentado en la legalidad, legitimidad y en la aplicabilidad de normas claras para la
convivencia social y la seguridad jurídica, que cuente con la probidad de los operadores del sistema de justicia.
El
orden en la convivencia, pasa por una relación vincular afectiva, la cual
implica reconocernos, a pesar de nuestras diferencias y potenciando nuestras coincidencias, para construir espacios de encuentro, que
conlleven al entendimiento y por ende, a una sociedad, más justa y humanizada; de
igualdad de oportunidades, orientada hacia la participación y
el trabajo en equipo; así como también, a comunicarnos asertivamente, en un
clima de respeto y tolerancia, mediante
la valoración del discurso (logos) y la
argumentación, como mecanismo para la transformación social y jurídica.
Ello,
al propio tiempo, nos hace trascender
como persona -unidad en la diversidad- como
Ser Humano definido por su
espiritualidad, que para Frankl, lo dirige hacia alguien o hacia algo distinto
de él, que lo hace salir de su egoísmo y lo conduce al encuentro auténtico con
el otro. Un sentido de trascendencia, que lo proyecta más allá del presente en
la construcción del futuro.
Desde
esta perspectiva existencialista, ese
“darnos cuenta” de lo que
acontece y el para qué de lo que estamos
viviendo, se propicia un cambio de actitud significativo, para alcanzar la tan anhelada paz social, a través
de la vivencia de los valores como la sana convivencia, el bien común, la
equidad, la seguridad jurídica y la Justicia como valor fundamental y Sentido del Derecho.
MSc. Mariela Yánez Díaz
Directora del Instituto
Venezolano de Logoterapia y Análisis Existencial “Viktor Frankl”
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